El Consultivo dice que se puede anular el proyecto de ejecución del plan Costa del Faro
El Consejo Consultivo de Canarias ha emitido un dictamen por el que considera que es ajustado a derecho que se declare nulo el decreto del alcalde de La Oliva de enero de 2001 por el que se aprobó el proyecto de urbanización del plan parcial Costa del Faro, en El Cotillo, en base al que la sociedad Olivas Oceánidas pretendía construir seis hoteles.
Ese decreto, aprobado por el alcalde González Arroyo tres días antes de que se aprobara la Moratoria regional, es uno de los últimos actos administrativos que quedaban por anular para evitar la urbanización.
El plan parcial Costa del Faro fue anulado en el año 2006 por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias porque carecía de cobertura dentro de las normas subsidiarias aprobadas en el municipio. En 2015 el Tribunal Supremo confirmó el fallo por el que se denegaba una indemnización que pedía la empresa promotora de más de 133 millones de euros.
En mayo del año pasado, a propuesta del grupo Votemos Fuerteventura en el Ayuntamiento de La Oliva, el entonces alcalde Pedro Amador inició la revisión de oficio del decreto por el que se aprobaba el proyecto de urbanización, que aún no había sido anulado. Esa propuesta se sometió al criterio del Consejo Consultivo, que ha sido favorable.
Emite un informe favorable para la revisión de oficio de ese decreto del año 2001 porque el plan parcial ya fue anulado y por tanto su ejecución es imposible
La propuesta de resolución del Consejo señala “la falta de concurrencia de los requisitos esenciales para la adquisición de derechos y facultades” y añade que “ha quedado patente que el proyecto de urbanización carece de la cobertura legal necesaria para desplegar sus efectos, al haber sido anulado el plan parcial, y por tanto la adquisición de facultades y derechos por el promotor, siendo perfectamente aplicable la causa de nulidad”.
“El proyecto de urbanización sujeto a revisión fue aprobado para dar ejecución al Plan Parcial Costa del Faro SAU-8.1. Declarado nulo este plan parcial nada puede ya ejecutar el proyecto de urbanización. Por ello, el proyecto de urbanización deviene de contenido imposible, por cuanto su ejecución es materialmente imposible por ser nulo el instrumento de ordenación que pretende ejecutar”, señala el dictamen.
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