La Audiencia Provincial ha condenado a tres años de cárcel al sargento Carlos Cebreiro tras detener ilegalmente a dos mujeres y falsear un expediente en el cuartel de Morro Jable
Condenado un sargento de la Guardia Civil en Fuerteventura a tres años de cárcel
La Audiencia Provincial ha condenado a tres años de cárcel al sargento Carlos Cebreiro tras detener ilegalmente a dos mujeres y falsear un expediente en el cuartel de Morro Jable
La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado al sargento Carlos Cebreiro a una pena de tres años de prisión y siete años de inhabilitación para el ejercicio de cualquier cargo o empleo público por haber detenido ilegalmente a dos mujeres y falsear el expediente cuando estaba destinado en el cuartel de la Guardia Civil en Morro Jable (Pájara).
El otro acusado, un agente destinado en el mismo cuartel, ha sido absuelto por la Audiencia Provincial. En la sentencia, avanzada por Canarias7 y La Provincia, se considera demostrado que en la mañana del 20 de agosto de 2012, el agente absuelto, por orden del sargento, se puso en contacto con dos mujeres para que fueran al puesto de la Guardia Civil de Morro Jable por la supuesta implicación de éstas en un delito de hurto cometido en la playa.
El hombre que supuestamente había sufrido el hurto de su cartera en la playa no quería presentar denuncia. Sin embargo, el sargento las mantuvo “retenidas casi cuatro horas” a pesar de que “no existían indicios de criminalidad frente a ellas”.
El sargento alegó que un hijo del hombre que supuestamente había sufrido el hurto de su cartera le había asegurado que se encontraba “con dos prostitutas” en la playa y que cuando estaba desnudo “se llevaron sus pantalones y la cartera”, pero que no iba a presentar denuncia “porque le daba vergüenza” y no quería que se enterase su esposa.
Para la Audiencia Provincial, la argumentación del sargento carece de total veracidad y resalta que el atestado de la Guardia Civil fue elaborado nueve días después de los hechos, sin que se instruyese ninguna diligencia en el momento de la detención, ni se informó a los superiores y tampoco se comunicó al Juzgado de guardia de Puerto del Rosario de la detención de las dos mujeres.
La Audiencia también resalta que el sargento apenas aportó en su defensa “vagas excusas” acerca de que la elaboración a posteriori del atestado por un hurto a raíz de una denuncia que nunca se presentó fuese “fruto de un mero error”.
En cuanto al agente absuelto, el tribunal señala que solo consta que llamó por teléfono a una de las mujeres para que se personase en el cuartel de la Guardia Civil, “tal y como le ordenó el sargento”. A pesar de que a las mujeres les informaron de que se encontraban detenidas, no fueron asistidas por ningún letrado, como marca la normativa.
Se llegaron a crear trámites ficticios como “el acta de detención e información de derechos” a las dos afectadas, así como la “diligencia de exposición, diligencia de entrega de atestado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Puerto del Rosario y el acta de puesta en libertad de cada una de las perjudicada”, pero “el atestado nunca llegó a entregarse en el Juzgado”, destacó la Fiscalía, que pedía un total de cuatro años y seis meses de prisión.
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