Los acusados alegaron indefensión y se tomó le medida al entender que se habían practicado diligencias de instrucción fuera de los plazos máximos establecidos
Aplazado el juicio a los creadores de las marcas canarias de moda Lenita y XTG por defraudar 581.000 euros
Los acusados alegaron indefensión y se tomó le medida al entender que se habían practicado diligencias de instrucción fuera de los plazos máximos establecidos
La Audiencia de Las Palmas ha decidido este miércoles aplazar el juicio contra los empresarios Antonio Mentado, Lenita Burman, Nicole Mentado y Airam del Pino Martel, de las marcas Lenita y XTG, después de que su defensa alegase indefensión al entender que se habían practicado diligencias de instrucción fuera de los plazos máximos establecidos.
La defensa de Mentado y Burman, para los que la Fiscalía pide penas de hasta seis años de cárcel al estar acusados de defraudar a la Seguridad Social casi 581.000 euros, ha asegurado durante las cuestiones previas que se ha vulnerado la Ley de Enjuiciamiento Criminal porque las diligencias de instrucción se alargaron más de seis meses, pese a no haberse declarado la causa como compleja, requisito para extender su duración más allá de ese plazo.
Sin haberse declarado una prórroga de las diligencias, ha añadido la defensa de la pareja de diseñadores de prendas de baño, el abogado José Mateos, “y fuera del plazo de seis meses”, es cuando el juzgado dicta el auto de diligencias.
“A partir de ahí, a nuestro parecer toda la causa es completamente nula por vulnerar derechos fundamentales. El juzgado durante dos años practica diligencias de instrucción fuera del plazo máximo establecido. Se practican pruebas, documentales y testificales, y se toman nuevas declaraciones a los investigados por delito de insolvencia punible”, ha alegado el abogado.
“No hay mayor indefensión que sentarse aquí por un procedimiento hecho fuera de plazos legales”, ha insistido.
Esta circunstancia, según Mateos, afecta al delito que se imputaba a los procesados de insolvencia punible, que se estipula en la ampliación de las diligencias que la defensa entiende fuera de plazo.
“Eso debería ser retirado y no se puede considerar porque la declaración de mis defendidos no es válida o es nula. Nadie puede ser acusado por un delito del que no se le ha tomado declaración”, ha subrayado el abogado, que ha advertido a la sala que, de seguir adelante, se podrían tratar “pruebas de cargo totalmente nulas o inválidas”.
Por otro lado, el abogado de Nicole Mentado, José Gerardo Ruiz, ha argumentado que en el escrito de acusación de la Fiscalía hay “inconcreción” en las cifras que, además de variar, en su opinión, no están desglosadas.
Sin embargo, antes de la deliberación, la fiscal de Delitos Económicos de Las Palmas, Evangelina Ríos, ha calificado las cuestiones previas de la defensa de los acusados como un “brindis al sol”, si bien ha admitido que se practicaron diligencias fuera de plazo que, en cualquier caso, no fueron recurridas en ningún momento del procedimiento por ninguna de las defensas.
“Instar ahora la nulidad de las actuaciones es extemporáneo, porque la nulidad también está determinada a ciertos plazos y momentos. Desde que se acordara la práctica de diligencias nulas han pasado años, por lo que es un brindis al sol instar la nulidad de unas actuaciones cuando no se articuló alegaciones en el momento procesal oportuno”, ha defendido Ríos.
“La vulneración del derecho de defensa en abstracto, como cualquier otra vulneración, poco aporta desde el punto de vista jurídico a la fundamentación del motivo. Se tiene que indicar cómo y por qué se ha causado esa indefensión”, ha criticado la fiscal, que ha añadido que una “cuestión muy distinta” es la valoración que merezca las diligencias que se practicaron como consecuencia de la petición de fiscalía y de las partes personadas.
Asimismo, se ha mostrado en desacuerdo en el hecho de que haya “inconcreción” en las cifras, como señalaba uno de los abogados de la defensa, porque se muestran las cifras año por año.
A este respecto, el abogado de la Tesorería General de la Seguridad Social ha apuntado que las cifras cambian en los escritos debido a que los intereses hacen variar las cifras adeudadas con el paso del tiempo.
Así, escuchadas las partes, la sala, tras deliberar durante unos minutos, ha decidido aplazar la vista y resolver aparte las cuestiones previas en un nuevo auto en el que también se abordará la nulidad o validez de algunas de las pruebas aportadas.
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