Al aplicar la nueva Ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la ley del ‘solo sí es sí’
La Justicia rebaja en Canarias tres condenas de agresión sexual
Al aplicar la nueva Ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la ley del ‘solo sí es sí’
La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha revisado a la baja, con la oposición de la Fiscalía, tres condenas relacionadas con agresiones sexuales, en aplicación de la Ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la ley del ‘solo sí es sí’, que se suman a otras cuatro revisadas en diciembre, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
En estas revisiones, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha dejado en 12 años y medio una condena de 13 años y medio por agresión sexual a menor de 16 años; en tres años una condena de tres años y nueve meses por tentativa de agresión sexual; y en nueve años una condena de 10 años y un día por agresión sexual a menor de 16 años.
En el primer caso, sentenciado en septiembre de 2020, la Audiencia señala que al acusado se le impuso expresamente la pena mínima de 13 años y seis meses, por lo que cabe aplicarle la pena mínima de la nueva ley, que es de 12 años y seis meses.
En el segundo caso, sentenciado en febrero de 2020, la pena por tentativa de agresión sexual iba de tres a seis años de prisión y en la nueva legislación va de dos a cuatro años.
Al acusado se le impusieron tres años y nueve meses, es decir, más de la pena mínima, debido a la especial vulnerabilidad de la víctima, que padecía retraso mental, y la Audiencia ha decidido rebajarla a tres años, también por encima de la nueva pena mínima.
La tercera revisión corresponde a un abuso sexual continuado a menor de 16 años, sentenciado en enero de 2020, en el que la Audiencia aplicó al condenado el mínimo posible de 10 años y un día, que ahora revisa y deja en 9 años, aplicando el mismo criterio de imponer la pena mínima.
Comentarios
1 Buena gente. Jue, 19/01/2023 - 17:14
2 Isleño Vie, 20/01/2023 - 12:24
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