El espacio en el que se pretende construir Dreamland debe ser considerado patrimonio cultural histórico
El uso histórico de la Dehesa de Huriamen
El espacio en el que se pretende construir Dreamland debe ser considerado patrimonio cultural histórico
La zona donde se pretende construir el macroproyecto empresarial Dreamland ha llegado a nuestros días bajo la denominación de diferentes variantes toponímicas: Guriame, Huriame, Guriamen, Huriamen y, en menor medida, Hurriamen o Juriame. Suele aparecer, a menudo, acompañando a diferentes categorías geográficas o históricas: Coto, Dehesa, Llanada y Hoya (1).
Utilizaremos en este artículo -en el que haremos un somero repaso a la utilización humana de ese espacio- la voz Huriamen por ser la de uso más frecuente en la actualidad, designando con ella un enorme espacio ubicado en el noroeste de la Isla, en el actual municipio de La Oliva.
Fuerteventura aborigen
La ocupación que de ese territorio hicieron los primeros habitantes de la Isla es constatable a través de la profusión de yacimientos arqueológicos incluidos en él. Al menos 15 yacimientos están inventariados y, aunque la mayoría no han sido estudiados en profundidad, de su presencia podemos deducir algunas consideraciones.
La primera de ellas es su gran variedad tipológica y, sobre todo, funcional: hay cuevas de enterramientos, construcciones ganaderas, espacios de almacenamiento, zona de extracción de piedra, estructuras habitacionales y otras de desconocida adscripción (2).
De este modo, los hallazgos arqueológicos del lugar definen un paisaje histórico y patrimonial de gran riqueza, que debe entenderse como una unidad de acogida con características propias. Es decir, Huriamen, en su sentido amplio, es un gran espacio habitado en el que la población maja desarrolló diferentes actividades de su vida cotidiana. Los yacimientos de esta unidad de acogida tienen sentido en conjunto -y no de manera individual- puesto que evidencian la interrelación de las actividades humanas llevadas a cabo en la zona. De esta forma, los espacios de hábitat no se comprenden sin la cercanía de los lugares donde esa población almacenó sus alimentos -como en el Corral de las Lajas-, o de las cuevas donde enterraron a sus familiares generación tras generación, o de donde obtuvieron los recursos líticos para sus herramientas como la Peña Azul, a tan solo 40 metros de la zona donde se ubicaría el macroproyecto.
Este último yacimiento, Peña Azul, es especialmente peculiar. La inexistencia de yacimientos metalíferos en Fuerteventura hizo que el pueblo majo utilizara la roca volcánica para la elaboración de determinados útiles de piedra que facilitara la vida cotidiana. Para ello se aprovecharon algunos afloramientos rocosos, en este caso basáltico, que sirvieron de aprovisionamiento de material, creándose canteras que a su vez se configuran hoy en yacimientos de especial valor para poder conocer cómo fue el aprovechamiento de esos recursos por la primigenia población de nuestra Isla.
La segunda de las consideraciones es que siguen apareciendo -ocasionalmente, pero de manera frecuente- nuevos hallazgos arqueológicos en la zona. Eso es posible dada la configuración del terreno, con zonas de tubos y burbujas volcánicas, muchas de ellas colapsadas, que fueron usadas como lugares para el almacenamiento o para realizar enterramientos.
Estos hallazgos fortuitos han sido variados y, dado que han estado ocultos en oquedades, han mantenido un buen estado de conservación. Así, en 1977 fue encontrada una cueva de almacenamiento con dos vasijas de cerámica completas (3); en 1979 la ya mencionada cueva en el Corral de Las Lajas con ocho vasijas de diferente tipología (4), en 2013 fue descubierta una cueva de enterramiento; en 2019 fue hallado en el Barranco de Las Pilas una figura tallada en arenisca; y en 2020 apareció otra cueva con dos vasijas de cerámica.
La existencia de espacios poco visibles es también uno de los motivos por los que Huriamen sirvió como lugar para el enterramiento del pueblo majo. Varios han sido los hallazgos de restos óseos humanos que constatan la existencia de espacios de enterramientos colectivos. Estos espacios son seleccionados por la comunidad y sacralizados antes de acoger los cuerpos de distintas generaciones que habitaron hace más de mil años estas tierras.
Parece temerario que sin haberse realizado ningún estudio arqueológico sistemático de la zona, y contando con los antecedentes de hallazgos casuales de gran importancia, se pueda ocupar urbanísticamente un espacio que puede aportar información clave sobre la vida precolonial de la Isla. No en vano, en la redacción del Inventario Arqueológico Insular referida a la zona se advierte que es necesario prever posibles efectos negativos originados por el proceso urbanizador, al mismo tiempo que se destaca la necesidad de realizar una evaluación de la acción erosiva del jable, que parece ocultar construcciones de origen preeuropeo.
En todo caso, queda claro que hace más de mil años la Dehesa de Huriamen fue un territorio ocupado por el ser humano, por un pueblo que entendió el territorio como un lugar de aprovechamiento de recursos donde los diferentes espacios se interrelacionaban entre sí, definiendo un modo de convivir con el medio y construyendo, en definitiva, un paisaje histórico, una unidad de acogida para el correcto desarrollo de la vida en comunidad.
Uso comunal
Aunque desconocemos, por falta de estudios, muchas de las características de la sociedad del pueblo majo, todos los indicios apuntan a que todo el territorio insular era considerado, a pesar de algunas divisiones territoriales, como un espacio comunal, compartido y utilizado en función de los beneficios que deparaba a toda su población. Sí sabemos que, cuando en los albores del siglo XV Fuerteventura es conquistada, la economía de la Isla -y con ella su dinámica social- se basaba prioritariamente en la ganadería.
También sabemos que el clima durante el tiempo que el pueblo majo habitó la Isla era muy parecido al actual con lo que es relativamente fácil imaginar las dificultades encontradas para el desarrollo de la vida humana en un medio semiárido con largos periodos de sequías. La única posibilidad de supervivencia grupal -con independencia de las disputas internas- era entender el aprovechamiento más adecuado del territorio, garantizando el beneficio común.
Coincidimos con el investigador Juan Pedro Martín Luzardo (5) cuando considera que los usos y aprovechamientos comunales que perdurarán varios siglos después de la conquista insular, proceden de los usos y aprovechamientos comunales implantados por el pueblo majo aunque adaptados a la nueva realidad económica, jurídica y social.
El uso comunal de la Dehesa de Huriamen para ganado está documentado
Tras la conquista, como producto de las trasformaciones económicas, sociales y culturales acaecidas, el territorio insular se modificó sustancialmente. El papel relevante de la agricultura en la nueva sociedad majorera constituyó uno de los principales factores de cambio. Los colonos se establecen en torno a los terrenos más fértiles, creando pueblos en el interior junto a las tierras de labor que quedaban delimitadas por fronteras denominadas rayas. De las rayas hasta la costa los terrenos siguieron siendo utilizados por la población dedicada a la ganadería. De esa forma se conformó un cinturón insular de tierras que, aunque de titularidad privada (de los señores territoriales de la Isla) se consideraron, de hecho, comunales. En ese común tenían preferencia, como hemos mencionado, las actividades ganaderas, pero también la recolección de leña o la de diferentes especies vegetales con posibilidades económicas o alimentarias.
En el caso del territorio que ocupa hoy el término municipal de La Oliva, prácticamente toda la franja de tierra que va desde los pueblos (La Oliva, Villaverde, El Roque y Lajares) hasta la costa tenía la consideración de terreno comunal. La Dehesa de Huriamen formaba parte de ese mancomún pero, al igual que otros lugares de las zonas de costa de La Oliva, fue apropiada por los señores territoriales de la isla. A pesar de ello, los vecinos y vecinas de los pueblos colindantes habían adquirido el derecho a su aprovechamiento y siguieron disfrutando de ese lugar para sobrellevar mejor unas vidas obligadas a enfrentarse continuamente a la miseria, a la explotación y al hambre.
Sus usos comunales quedan documentados en varios registros. Una actividad tan antigua (iniciada con fines económicos desde los primeros momentos de la conquista) como la recolección de la orchilla (6) está registrada tanto en las escrituras de protocolos como en las actas sacramentales. El historiador Manuel Lobo Cabrera (7) confirma, en su estudio sobre el Antiguo Régimen en La Oliva, no solo la realización de tal actividad temporal, sino también la existencia de una fuente y un pequeño pozo en Huriamen que eran utilizados para suministro de los orchilleros.
El uso de la Dehesa de Huriamen para el ganado también está documentado, manteniéndose esa actividad, como veremos más adelante, hasta hace poco tiempo. Juan Pedro Martín Luzardo (8) explica que los vecinos de esta zona llevaban sus ganados a pastar en toda esta costa, en los meses en que se sembraban las vegas y durante todo el año, porque eran tierras fuera de vega y desde tiempo inmemorial se destinaban a este uso comunal. Y es que se había instaurado como costumbre en toda la isla que, desde el momento de la siembra hasta que tenía lugar la recolección de la cosecha, el ganado fuese concentrado en las zonas de uso comunal para evitar daños a los cultivos.
El motín de 1829
El mejor ejemplo del uso tradicional que como bien comunal se hizo de la Dehesa de Huriamen es el conflicto surgido entre los vecinos de La Oliva y los propietarios y arrendatarios del lugar que devino en el conocido como Motín de 1829 y que ha sido estudiado por Vicente J. Suárez Grimón (9).
El motín del 5 de agosto de 1829 fue el culmen de un contencioso establecido entre la vecindad (lo común) y la propiedad (lo privado). En 1610, el señor territorial de Fuerteventura, Gonzalo Arias y Saavedra, vincula la Dehesa de Huriamen a sus propiedades. A partir de aquí surge un conflicto de intereses, puesto que el propietario negará la posibilidad de que el uso comunal, especialmente el concerniente al aprovechamiento ganadero, siga vigente.
El conflicto se recrudecerá a partir de junio de 1823 cuando los herederos de la propiedad la arrienden a los hermanos García del Corral, vecinos de Lanzarote, quienes imponen un uso exclusivo de su aprovechamiento, exigiendo que no se permita que alguno o algunos particulares hagan fábricas, como lo han intentado en todos los terrenos o términos que comprenda dicho arrendamiento para recoger barrilla, orchilla o con cualquiera otro motivo, a fin de que no se perjudique en manera alguna la propiedad o posesión de su legítimo dueño.
Recordemos que la barrilla (Mesembryanthemum crystallinum) fue una especie vegetal de gran importancia económica durante el siglo XIX en Fuerteventura (10). Se recolectaba, se quemaba y se formaban bloques que se exportaban a Europa para la obtención de su sosa, utilizada en jabones domésticos y elaboración de cristales. Las semillas del cosco, una pariente cercana de la anterior planta (Mesembryanthemum nodiflorum), fue utilizada hasta épocas recientes para la elaboración de gofio, obtenido tras un laborioso proceso de recolección, lavado, secado y tueste.
A pesar de las restricciones, las poblaciones de La Oliva, Lajares y Villaverde hicieron uso de su derecho histórico y continuaron entrando en la Dehesa lo que condujo a arrendatarios y vecinos a entablar un litigio judicial que duró casi dos años. Como cabía esperar de un aparato judicial en manos de las clases privilegiadas y de unas leyes promulgadas para su beneficio, las diferentes sentencias fueron lesivas para los intereses populares. La sentencia definitiva, de marzo de 1828, establecía que los arrendatarios lanzaroteños “sean restituidos, manutenidos y conservados en el uso y aprovechamiento exclusivo, tanto de la yerba cosco como de las demás producciones naturales e industriales de la nombrada dehesa de Guriame y de cuanto se comprende en su arrendamiento por todo el tiempo de la conducción, sin que persona alguna, sea de la clase o condición que fuere, les interrumpa ni turbe ni pueda introducirse en parte alguna de los mismos terrenos por si ni con sus ganados ni animales, a hacer fábricas, panificaciones, pastar ni utilizar alguna cosa sin expresa licencia...”.
Por si fuese poco, la sentencia también obligaba -en referencia a la recolección del cosco y la barrilla- a que “restituyan a los arrendatarios la mitad de la que hubiesen extraído o su valor a los precios corrientes al tiempo de las recolecciones, para cuya averiguación, en defecto de acuerdo y conformidad de los interesados, se procederá breve y sumariamente en obiación (sic) de gastos y demoras”.
Tales oprobios, contrarios al derecho histórico sobre las tierras comunales, originaron que en la tarde del 5 de agosto de 1829, unos cuatrocientos hombres armados con garrotes se concentraran en torno a la casa que uno de los García del Corral tenía en Huriamen, apresándolo e intentando que firmara un documento por el que se restituía el uso comunal del lugar antes de embarcarlo forzosamente hacia Lanzarote.
El arrendatario sería liberado esa misma noche por las fuerzas militares, tras amenazar con disparar a los amotinados. Posteriormente serían apresados 34 vecinos, en su gran mayoría jornaleros pobres, que pasarían un tiempo indeterminado en las fortalezas de Caleta de Fustes y El Tostón. A pesar de la represión, el amotinamiento y el proceso administrativo-judicial posterior hicieron que la sentencia no se hiciese efectiva hasta 1845.
Pérdida de memoria
La Dehesa de Huriamen se siguió utilizando hasta hace escasas décadas. Se sabe que durante algún tiempo mantuvo su propio comisionado, figura histórica en Fuerteventura que regula los usos ganaderos y dirime las disputas en los espacios comunales. Se construyeron aldeas de criadores, con sus goros, toriles y corrales. Y se utilizaba su pozo para abrevar el ganado vecinal.
Una vecina de Majanicho explica: “El ganao lo teníamos ahí en la dehesa esa, y venía el ganao a beber aquí (...) Les decíamos los pozos de Huriamen. Sí, Huriamen era un pueblito como decir Majanicho” (11). Otra vecina de Corralejo recuerda: “Nos íbamos a vivir también a Huriamen pa’ disfrutar el ganao allí también (...), llevábamos el ganao porque esa zona siempre había matomoro y eso, entonces el ganao pues comía, porque por aquí no había nada, así que bastantes años ruines que hemos estado” (12).
Es temerario que sin estudio arqueológico sistemático se ocupe suelo
Estos testimonios, recogidos hace 18 años, confirman no solo la continuidad de la actividad ganadera de la Dehesa de Huriamen, sino que ejemplifican las duras condiciones a las que estaba sometida la mayoría de la población majorera, cuyas necesidades obligaban al desarrollo constante de estrategias que permitieran obtener los recursos básicos para su subsistencia. Tal es así que, a pesar de lo complejo e improductivo del lugar para su uso agrícola (recordemos que en su mayoría se trata de un malpéi 13), también fue utilizado con tal fin en aquellos lugares -hoyas- que lo permitían. Se cultivaron preferentemente leguminosas (garbanzos, lentejas y chícharos) pero también sandías y batatas. Pedro Carreño Fuentes, historiador y vecino de La Oliva, confirma que su padre, Tomás Carreño Alonso, (vecino precisamente de esa zona a la que denominaba, como venía siendo tradición, como la Costa), plantó batatas hasta bien entrado el siglo XX en el lugar donde se pretende construir el macroproyecto empresarial.
La ley recuerda que el patrimonio cultural de Canarias está constituido por los bienes muebles, inmuebles, manifestaciones inmateriales de las poblaciones aborígenes de Canarias, de la cultura popular y tradicional, que tengan valor histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico, etnográfico, bibliográfico, documental, lingüístico, paisajístico, industrial, científico, técnico o de cualquier otra naturaleza cultural, cualquiera que sea su titularidad y régimen jurídico.
Este breve repaso a la ocupación y uso humano del espacio nos confirma que la Dehesa de Huriamen debe de ser considerada como patrimonio cultural histórico. La construcción de un parque temático (Dreamland), ocupando una enorme parte de su territorio, transformaría irremediablemente no solo uno de los escasos bienes comunes que nos quedan -el paisaje majorero- sino que también actuaría borrando, con un plumazo destructor, parte de nuestra memoria colectiva, tan aferrada a una tierra que nos permitió sobrevivir y construir nuestro presente.