Evaristo González emitió un voto particular en el que pone en cuestión las afirmaciones "de carácter histórico" sobre estas personas incluidas en el catálogo de vestigios franquistas
El TSJC suspende de nuevo el catálogo de vestigios franquistas y cuestiona su contenido
Evaristo González emitió un voto particular en el que pone en cuestión las afirmaciones "de carácter histórico" sobre estas personas incluidas en el catálogo de vestigios franquistas
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una nueva orden de suspensión cautelar del catálogo de vestigios franquistas de la comunidad autónoma a petición del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, esta vez ya por razones de fondo que cuestionan su contenido.
La vez anterior, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC accedió a la misma petición por parte de la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces, con el argumento de que el catálogo no había sido publicado al completo en el Boletín Oficial de Canarias, omisión que el Ejecutivo autonómico remedió hace nueve días.
En esta ocasión, y a instancias del Ayuntamiento de Santa Cruz, la suspensión cautelar viene motivada por la falta de audiencia en la elaboración del catálogo y porque, pese a ser de carácter autonómico, está "diseñado en exclusiva" para la capital tinerfeña.
Además de estos dos aspectos formales, el TSJC indica que la motivación de la inclusión de los monumentos, nombres de calles plazas y demás, y los títulos honoríficos que habrían de ser retirados, "ha de ser fundada y cuando menos discutida".
Porque para la Sala "no basta con cualquier relación con el franquismo" de las personas homenajeadas o que dan nombre al callejero, sino "una participación activa y relevante en la sublevación" o bien la ocupación de cargos de "máxima importancia" en el régimen.
"Esto por lo visto no se ha barajado de forma atemperada por los elaboradores del catálogo", sostiene el auto del TSJC, y se remite a que el primero de los enunciados en el capítulo de militares, voluntarios y civiles fallecidos en la guerra civil sea José Calvo Sotelo, "que ni falleció en la Guerra Civil ni fue militar ni voluntario de nada porque era un parlamentario elegido democráticamente por el pueblo y fue asesinado por la policía del Estado (...) antes de la sublevación militar y de la guerra".
El mismo criterio aplica en el caso del busto y la glorieta del Arquitécto Marrero, la calle dedicada al Pintor José Aguiar y su declaración de hijo adoptivo, que está "fundamentada en razones puramente artísticas", o el busto de Joaquín Amigó de Lara, "elevado por su condición de fundador del Colegio de Aparejadores".
Todas ellas "personas reconocidas por su capacitación profesional o artística y no por su participación activa en la sublevación ni ocupación de cargos de máxima importancia con el régimen anterior o al menos el derecho a disentir de que esto sea así y de que personas honorables puedan ser manchadas con el deshonor de aparecer como represores de víctimas del Franquismo".
En este punto discrepa uno de los tres magistrados firmantes del auto, Evaristo González, quien ha emitido un voto particular en el que pone en cuestión las afirmaciones "de carácter histórico" sobre estas personas incluidas en el catálogo de vestigios franquistas.
También está en desacuerdo con que se afirme en el auto que el catálogo se remita a un informe externo de la Universidad de La Laguna y se prive "a los posibles interesados de la defensa de sus casos concretos".
Asimismo, discrepa con sus compañeros en que se considere la orden de aprobación de este catálogo como una de "las más susceptibles y necesitadas de interpretación".
En todo caso, apoya la suspensión cautelar del mismo.
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