La Sala de lo Penal anula una sentencia de la Audiencia de Las Palmas que había condenado a cinco años de cárcel a un hombre por hacer tocamientos sexuales a una menor en Gran Canaria
El TSJC revoca una condena al dudar de la versión de la víctima, aunque la cree "probable"
La Sala de lo Penal anula una sentencia de la Audiencia de Las Palmas que había condenado a cinco años de cárcel a un hombre por hacer tocamientos sexuales a una menor en Gran Canaria
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha revocado una condena por abusos sexuales a una menor al apreciar "fisuras" en la declaración de la víctima que le hacen dudar de ella, aunque los propios magistrados que firman la sentencia absolutoria consideran "posible" e, incluso, "probable" que los hechos sucedieran como había denunciado.
En este caso, la Sala de lo Penal del TSJC anula una sentencia de la Audiencia de Las Palmas que había condenado a cinco años de cárcel a un hombre por hacer tocamientos sexuales a una menor en un municipio del sureste de Gran Canaria entre los años 2016 y 2019.
El fallo absolutorio lo firman dos de los tres magistrados que conforman la Sala, Juan Luis Lorenzo (el actual presidente del TSJC) y Antonio Doreste (su antecesor en el cargo), mientras que su compañera de Sala, Carla Bellini, emite un voto particular en el que explica que ella ve base suficiente para haber confirmado la condena.
Lorenzo y Doreste observan una serie de contradicciones en el testimonio de la víctima que les llevan a dudar de su validez como prueba de cargo por sí sola, como situar uno de los episodios en una fiesta de fin de año que, según su familia, nunca se celebró o mencionar unas veces un tipo de prácticas sexuales y otras, omitirlas.
A ello añaden el tiempo que la menor tardó en denunciar los hechos, un detalle, precisan, que no invalida su denuncia, pero que consideran que debe ser "ponderado" en el contexto de las contradicciones y "vaguedades" que aprecian en su relato.
Los magistrados que firman esta sentencia precisan que no consideran que la joven "haya sido mendaz", sino que creen que "es posible y hasta, si se quiere, probable" que los hechos sucedieran como explica en su "versión incriminatoria", pero se inclinan por absolver al procesado por determinados detalles que les suscitan "dudas".
La magistrada discrepante, Carla Bellini, defiende que el TSJC no debería haber entrado a reexaminar las pruebas de este caso, pues no aprecia ningún indicio de "irracionalidad" o de "arbitrariedad" en la valoración más directa que hizo en su momento la sección segunda de la Audiencia de Las Palmas, el tribunal que lo juzgó.
Pero, además, subraya que cabe la posibilidad de dictar una condena sobre la única base de la declaración de la denunciante si se dan una serie de características y detalles que corroboren su veracidad, como cree que ocurría en este caso.
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