TRIBUNALES

La Fiscalía pide tres años y medio de cárcel para el director de la mayor quesería de Fuerteventura, acusado de delito medioambiental

El Ministerio Fiscal solicita 181.500 euros en multas y restaurar el medio ambiente dañado en el barranco de Gran Tarajal y en el litoral, y el juicio se ha fijado para 2023

M. Riveiro 1 COMENTARIOS 07/11/2021 - 08:00

Tres años y seis meses de prisión, multas que suman 181.500 euros y la “restauración del medio ambiente perturbado”, tanto en el dominio público hidráulico del barranco de Gran Tarajal como en el medio marino, es lo que solicita la Fiscalía contra Esteban David Alberto Pérez y la empresa Grupo Ganaderos de Fuerteventura, la mayor quesería de la Isla, que elabora los quesos Maxorata, por un presunto delito contra el medio ambiente.

La fecha del juicio, tras una instrucción que se inició en 2014, ya se ha fijado y la vista oral está prevista para enero de 2023. El origen del caso se remonta a un vertido de suero y aguas residuales en el cauce del barranco de Gran Tarajal, que afectó a un tramo de cuatro kilómetros y que fue detectado por el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil el 10 de julio de 2013. Dos años antes se había registrado un episodio similar, con un vertido de dos kilómetros de longitud.

En enero de 2014 se inició el procedimiento penal en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Puerto del Rosario que ha derivado en la acusación de la Fiscalía de Medio Ambiente. Durante la instrucción de la causa penal se detectaron “varios vertidos” procedentes de la fábrica de Maxorata: en abril de 2017 y en marzo y mayo de 2018.

En el escrito de acusación se detalla que en mayo de 1987 el Ayuntamiento de Tuineje autorizó una tubería desde la fábrica de queso del polígono de Llanos de la Higuera al emisario submarino de Gran Tarajal, para evacuar los sueros. En octubre de 1990, el Consistorio otorgó la licencia de obras.

Sin embargo, explica la Fiscalía, la colocación de la “tubería de aguas residuales en el cauce público del barranco de Gran Tarajal y sus afluentes, como el barranco de la Florida, esto es, en domino público hidráulico, no obtuvo la preceptiva autorización del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura”.

Esa autorización “no se solicitó ni con anterioridad a la puesta en marcha ni en todo el periodo de 1995 a 2014 por ninguno de los administradores” de Grupo Ganaderos de Fuerteventura, entre ellos el acusado, que accedió al cargo en 2008.

El Ministerio Fiscal resalta que “tampoco se autorizó el vertido de aguas residuales y lactosuero al cauce público del barranco de Gran Tarajal” ni al mar a través del emisario submarino, además de carecer de la “preceptiva autorización” de la comunidad autónoma.

En octubre de 1990, Alfredo Alberto Hernández, presidente y socio de la entonces Sociedad Agraria de Transformación (SAT) Ganaderos de Fuerteventura, y padre del acusado, presentó una solicitud al Gobierno de Canarias para “la instalación de una tubería enterrada para expulsar los sueros” de la fábrica de Llanos de la Higuera.

La Guardia Civil detectó cinco vertidos contaminantes en varios años

La Dirección General de Aguas le efectuó un requerimiento, que tal y como recalca la Fiscalía “nunca atendió”, por lo que “nunca obtuvo la autorización autonómica para el vertido de tierra al mar” de los residuos de la industria, “en clara contravención de la legislación aplicable”.

“Las aguas residuales y el suelo generado en la industria de fabricación de queso en general y, en particular, por la sociedad Grupo Ganaderos de Fuerteventura SL tiene un alto poder contaminante”, subraya el Ministerio Fiscal.

Aunque “se desconoce el volumen exacto de aguas residuales generadas por la fábrica de queso”, se estima que al menos serán unos 40 metros cúbicos al día.

“Contaminación”

En sus conclusiones, la Fiscalía acusa a Grupo Ganaderos de Fuerteventura de haber incurrido en un “peligro notorio y claro de contaminación de las aguas superficiales” y de los “acuíferos subterráneos”, limitando su uso por el “alto contenido en compuestos nitrogenados y fósforo principalmente, haciendo imposible su uso como agua de consumo”, como consecuencia del “vertido de aguas residuales y lactosuero” llevado a cabo entre 1995 y 2014. Igualmente, el vertido “continuado” al mar de esos restos de la industria láctea “ha perjudicado gravemente el equilibrio de los sistemas naturales”.

La gestión de los sueros también está puesta en entredicho en esta causa penal. El Ministerio Fiscal resalta que en una inspección llevada a cabo por el Seprona se comprobó que, en un mes, se habían transformado en queso 280.000 litros de leche, mientras que se habían generado otros 520.000 litros de suero. Así, una parte del suero generado en el proceso de fabricación del queso “ha sido eliminado” a través de “la conducción de aguas residuales”, resalta la Fiscalía.

“La otra parte, contraviniendo asimismo la legislación vigente, ha sido entregada a distintos ganaderos de forma incontrolada”, añade el escrito de acusación. Pese a la “poco fiable” documentación relativa a los registros de entrega del suero, “sumando todas las salidas” se acreditaba la retirada de 250.000 litros, “quedando sin justificar, en un cálculo aproximado, la existencia de 264.000 litros de suero cuyo almacenamiento en las instalaciones no era posible” al contar solo con un “depósito de 15.000 litros para ese fin”.

Por ello, la Fiscalía concluye que “el suero ha sido vertido a través de la tubería de aguas residuales que discurre por el barranco de Gran Tarajal directamente al cauce o bien al mar a través del antiguo emisario submarino”.

En caso de condena, se abriría un proceso que puede implicar a las instituciones

En tierra, el vertido de residuos lácteos, con una “alta carga de materia orgánica” y que “permite la reproducción de microorganismos”, provoca la “nitrificación del suelo” y puede “provocar la contaminación” de aguas superficiales y acuíferos.

En el medio marino, destaca la Fiscalía, “favorece” el “desarrollo” de una cianobacteria que vincula a la “gran regresión de los sebadales de esta zona” del litoral de Fuerteventura, que se encuentra dentro de una Zona de Especial Conservación (ZEC), “especialmente desde el año 2011”.

En la bahía de Gran Tarajal, subraya la Fiscalía, “se ha producido una importante reducción” de la superficie de sebadales por la citada cianobacteria, cuya presencia no se ha examinado en los análisis de calidad del agua de la Dirección de Salud Pública.

La Fiscalía se apoya en un informe del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, de marzo de 2019, que destaca que los efectos de la contaminación por los vertidos industriales del sector lácteo “persisten durante mucho tiempo”.

También cita un informe del Instituto Nacional de Toxicología sobre varias muestras tomadas por agentes del Seprona, del que concluye que las aguas residuales “vertidas al cauce público” por roturas denunciadas por el Consejo Insular de Aguas “son susceptibles de degradar el dominio público hidráulico, constituyendo un grave riesgo de contaminación”.

Además, en muestras de suelo tomadas en el lecho del cauce público se advierten valores “que pudieran responder a restos de carga contaminante de aguas residuales brutas o sin tratamiento adecuado” generadas por la fábrica de Maxorata, añade el Ministerio Fiscal y subraya el “efecto acumulativo en el terreno” de los vertidos.

Así, compara los elevados valores de conductividad eléctrica de una muestra del suelo con los de una analítica a lactosuero tomada por la Guardia Civil en noviembre de 2017. Se trata, apunta la Fiscalía, una característica de las empresas productoras de queso “en supuestos de vertido de cloruro sódico”.

Tras la incoación de la causa penal, la empresa instaló una estación depuradora, que estaba “pendiente” de “legalización” por el Consejo de Aguas cuando se emitió el escrito de acusación. Aunque los residuos son “corregidos” en la depuradora de la fábrica, siguen “sin alcanzar en varios parámetros los umbrales” admisibles para “los vertidos autorizables”, razón por la cual “se envían” a la depuradora municipal de Gran Tarajal para su tratamiento.

Acusación

Para la Fiscalía, tanto el administrador de la empresa como la propia compañía son responsables de un presunto delito contra el medio ambiente por la supuesta vulneración de la Ley de Aguas, del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, de la Ley de Costas, del Reglamento de control de vertidos en Canarias y de legislación europea sobre normas sanitarias relacionada con los productos de origen animal.

Además de la pena de cárcel para Esteban David Alberto Pérez y de las sanciones económicas (72.000 euros para el administrador de la empresa y 109.500 euros para la compañía), en el escrito de acusación se solicita para el directivo de Grupo Ganaderos de Fuerteventura su inhabilitación para “los cargos de administrador, gerente, representante u otro semejante en empresas pertenecientes al sector lácteo” durante el tiempo de la condena.

La responsabilidad civil que pide la Fiscalía abre, en caso de condena, un proceso que puede implicar a las instituciones públicas. En ese sentido, se solicita la “restauración del medio ambiente perturbado”, tanto en el barranco de Gran Tarajal como en el medio marino, pudiendo ejecutarse a costa de Alberto y de su empresa “subsidiariamente” por el Gobierno de Canarias o el Consejo Insular de Aguas, “una vez se determine, en ejecución de sentencia, el importe de los daños causados”.

La empresa Grupo Ganaderos de Fuerteventura SL tuvo en 2020, un año marcado por la pandemia, unos ingresos de 14,7 millones de euros, unos 500.000 euros menos que el ejercicio anterior. Los beneficios declarados también disminuyeron: de casi 1,2 millones en 2019 a 585.711 euros en 2020.

Comentarios

Un tema que viene rondando desde ¡ 1.995 !. o sea desde hace 26 años. Resulta difícil entender que tipo de justicia tenemos en este país. Conviene recordar que " una justicia que se demora (y esta lo está haciendo de manera escandalosa) deja de ser justicia.

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