ECONOMÍA

Turismo flexibiliza la ley de vivienda vacacional de Canarias

El anteproyecto de ley rebaja de 39 a 25 metros cuadrados la superficie mínima si se cumple con algún requisito y se elimina la obligatoriedad de disponer de cargadores eléctricos

Diario de Canarias 0 COMENTARIOS 13/09/2024 - 17:28

La Consejería de Turismo y Empleo del Gobierno de Canarias presentó este viernes el anteproyecto de Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Vivienda que, tras el periodo de alegaciones, flexibiliza los requisitos que se exigen a las viviendas vacacionales, pero sin renunciar a su objetivo de limitar el crecimiento de esta modalidad alojativa.

La consejera, Jessica de León, destacó que se trata de una ley equilibrada que “va a permitir que esta actividad se haga de manera sostenible, beneficiosa y adaptada al territorio”.

Asimismo, señaló que “da a los cabildos y ayuntamientos un marco legal claro para que puedan adaptar la normativa a las características de sus islas y municipios y ofrece seguridad jurídica, conjugando los intereses de los pequeños propietarios con el interés general”.

El anteproyecto de ley recibió casi 3.000 alegaciones en el trámite de audiencia y periodo de información pública, lo que ha llevado a la Consejería a flexibilizar algunos de los requisitos que se les exigían a las viviendas vacacionales, pero manteniendo los objetivos y la “columna vertebral” de la redacción inicial.

Con los cambios introducidos, “la superficie útil mínima del uso turístico de vivienda se rebaja de 39 a 25 metros cuadrados”, subrayó la consejera. Además, en estos casos, se permitirá el uso turístico si el inmueble dispone de aparcamiento de uso vinculado a la vivienda vacacional en la misma parcela, piscina privada o comunitaria, certificaciones de sostenibilidad, cargador de vehículo eléctrico o bien, su propietario certifica la generación de empleo.

“El planeamiento urbanístico, que es competencia municipal, podrá definir también un requisito que incida en la realidad local, por ejemplo, una vivienda vacacional vinculada a un guachinche, a una bodega o a una explotación ganadera, entre otros”, indicó De León.

Con carácter general, la norma elimina la obligatoriedad de disponer de puntos de recarga para vehículos eléctricos y el acceso por vía pavimentada, requisitos que se establecerán a través de un reglamento que desarrollará la propia Consejería. “Eso sí, es irrenunciable la accesibilidad e inclusividad que establece el Código Técnico de la Edificación (CTE)”, recordó.

El director general de Ordenación, Formación y Promoción Turística, Miguel Ángel Rodríguez, explicó que “los cabildos y ayuntamientos deberán elaborar un plan de inspección de viviendas vacacionales en un plazo máximo de seis meses y ejecutarlo en cuatro años”.

En este sentido, las instituciones insulares verificarán y atenderán las declaraciones responsables de turismo y las entidades locales controlarán desde el punto de vista de las actividades clasificadas. “En ambos casos son funciones que ya tienen otorgadas, no son nuevas”, señaló.

“El derecho no es transmisible”

Otra novedad que incluye la norma es la relativa al régimen transitorio. En concreto, los pequeños propietarios podrán consolidar el uso con carácter indefinido siempre y cuando acrediten el cumplimiento de toda la normativa.

En este punto, Rodríguez hizo hincapié en que “el derecho no es transmisible, si se vende o se abandona la actividad, la vivienda se someterá a la nueva ley”.

Para las empresas que gestionan viviendas que no son de su propiedad, sino de un tercero, se establece un periodo de cinco años, “pasado este tiempo se extinguirá la declaración responsable y tendrán que volver a solicitarla atendiendo a los criterios de la nueva ley”, afirmó.

Con esta futura normativa, el Ejecutivo autonómico regulará por primera vez por ley el alquiler vacacional. La previsión es remitirla al Parlamento en octubre. De salir adelante, entraría en vigor antes de enero.

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