La Asociación Española de Guardias Civiles señala que sólo en los últimos días se ha repetido esta situación en dos denuncias de violencia de genero en las que solo se ha avisado a la Policía Local
AEGC denuncia que el 112 en Canarias podría no estar contando con la Guardia Civil
La Asociación Española de Guardias Civiles señala que sólo en los últimos días se ha repetido esta situación en dos denuncias de violencia de genero en las que solo se ha avisado a la Policía Local
La Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) ha tenido conocimiento que al menos en varias ocasiones el 112 canario no ha pasado avisos de graves incidentes al COS de la Guardia Civil y tan solo se ha comunicado con las policías locales de los municipios en los que se había dado el aviso. Sólo en los últimos días se ha repetido esta situación en dos denuncias de violencia de genero, señala la asociación
De este modo, explica que en el COS no se recibió ningún aviso para que se enviase a las viviendas de las denunciantes a una patrulla de la Guardia Civil, pero si se dió aviso a Policía Local, quien, finalmente en uno de los casos, debió pedir la colaboración de la Benemérita.
Para AEGC, “desde el 112 se está aislando a la Guardia Civil, ignorando que con esta actitud, además de perjudicar a unos profesionales cuyo cometido es velar por la seguridad de los ciudadanos, también afecta a estos que reciben un servicio deficitario al no poner a su disposición todos los medios con los que se puede contar”.
“Tratar de favorecer a un cuerpo frente a otro solo contribuye a auspiciar una competitividad mal entendida y que en último término hace daño a los ciudadanos, como pudo ocurrir en los citados casos de violencia de género. Delito demasiado grave como para que alguien se lo tome como una competición”, señala la asociación de agentes.
Desde AEGC advierten además de que esta actitud del 112 podría ser constitutiva de un delito porque podría estar incumpliéndose el articulo 450 del código penal que sanciona la omisión del deber de impedir delitos o promover su persecución. En concreto en su apartado 1 el citado artículo dice “el que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que el delito no impedido le correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se impondrá la pena inferior en grado a la de aquel” y con más concreción el artículo 450.2 :“Se castiga la omisión consistente en no acudir, pudiendo hacerlo, a la autoridad o a sus agentes, para que impidan la comisión de los delitos referidos, de cuya próxima o actual comisión se tenga noticia”.
AEGC considera que es deber del 112 poner en conocimiento todos los delitos que se cometan, lo antes posible, a todas las fuerzas policiales de la demarcación, sin que se haga discriminación por el color de uniforme que representan los agentes, porque se trata de dar una pronta resolución al ciudadano; para quien todos los avisos que hacen llegar al 112 son importantes y muy especialmente los que tienen que ver con las víctimas de la violencia de género.
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