Orts Herrera se enfrenta de nuevo a la Justicia acusado de irregularidades en la concesión de fondos públicos
El interventor del caso Faycán, al banquillo de nuevo por prevaricación
Orts Herrera se enfrenta de nuevo a la Justicia acusado de irregularidades en la concesión de fondos públicos
El interventor del Ayuntamiento de Telde (Gran Canaria) que fue condenado por la Audiencia de Las Palmas en el denominado como caso Faycán, Enrique Orts Herrera, volverá al banquillo de los acusados por un delito de prevaricación, según le achaca la Fiscalía.
Orts Herrera, que fue condenado en septiembre de 2018 por la Audiencia a un año y cuatro meses de prisión y nueve de inhabilitación por, entre otros delitos, prevaricación y cohecho, se enfrenta de nuevo a la Justicia acusado de irregularidades en la concesión de fondos públicos a una persona física y otra jurídica a sabiendas que no cumplían los requisitos para obtener ese dinero.
La Fiscalía solicita una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de doce años, según el escrito de acusación al que ha tenido acceso EFE.
Los hechos se remontan a diciembre del año 2012, cuando Orts, en calidad de interventor del Ayuntamiento de Telde, autorizó dos pagos por valor de 2.655.634 y 1.151.583 euros a un hombre de iniciales S. N. G. y sus herederos y a una empresa, respectivamente, en concepto de precio por expropiación de terreno por parte del Consistorio mediante unos fondos que no debían destinarse a tal fin.
Y es que el crédito que le fue concedido al Ayuntamiento en virtud del Real Decreto Ley 4/2012 para el mecanismo de financiación para el pago a proveedores de las entidades locales se tenía que dedicar al pago de créditos que ya debían haber sido incluidos en relación certificada realizada por el propio interventor.
Los fondos para esta materia con los que contaba el Ayuntamiento ascendían a 75 millones de euros.
El Ministerio Público entiende que Orts Herrera realizó estas certificaciones "a sabiendas de que esas deudas no podían incluirse en el Real Decreto Ley 4/2012 al no cumplirse dos de los tres requisitos establecidos para ello".
Por un lado, era necesario que las deudas que entraran dentro de este mecanismo inversor tuvieran facturas o solicitudes de pago equivalentes y, por el otro, debía tratarse de un contrato de obra, servicio o suministro incluido en su ámbito de aplicación.
Por todo ello, la Fiscalía considera que Orts Herrera ocasionó un perjuicio para el Ayuntamiento de Telde -denunciante del presente caso- y que su proceder constituye un delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal.
El juicio en su contra está señalado para noviembre por el Juzgado de lo Penal número 4 de Las Palmas de Gran Canaria.
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