La Audiencia Provincial de Las Palmas ordenó a finales de noviembre el ingreso inmediato en prisión de los tres condenados por estafa
El Supremo rechaza un incidente de nulidad de la sentencia del caso Jesuman
La Audiencia Provincial de Las Palmas ordenó a finales de noviembre el ingreso inmediato en prisión de los tres condenados por estafa
El Tribunal Supremo ha rechazado un nuevo intento de los administradores del Grupo Jesuman de evitar el cumplimiento de la sentencia que les condena a penas superiores a tres años de cárcel por estafa. La Sala de lo Penal ha rechazado el incidente de nulidad presentado por José Ignacio Hernández Pérez, que argumentaba que existían al menos seis motivos de nulidad en la sentencia.
Hernández reclamaba nulidad por “indeterminación en los elementos objetivos del delito de estafa”, por vulnerar su presunción de inocencia o por vulnerar el derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva por no haber justificado los defectos “respecto a la ausencia de fundamentación relativa a las conductas objeto de reproche penal”.
También pedía la nulidad “por la existencia de un hecho notorio y público que afectó a toda la economía, y más gravemente, al sector inmobiliario, como fue la crisis económica, que de haber sido tenido en cuenta al no ser necesaria su alegación, hubiera supuesto una significativa y diferente perspectiva de la expresada en la sentencia”. Alega que los impagos a los proveedores se produjeron por la crisis inmobiliaria.
El Alto Tribunal rechaza todos los motivos y señala que los incidentes de nulidad en este ámbito resultan reservados a lesiones de derechos fundamentales directamente achacables a la sentencia de casación y que, por tanto, no hayan podido ser denunciados previamente. Y dice que los motivos ya han sido alegados con anterioridad. “Al margen de algún argumento relativamente novedoso sin racional concreción de la infracción de derecho originada, el resto de las infracciones afirmadas, ya han recibido cumplida respuesta en la sentencia”, indica el fallo.
El Supremo, que impone las costas al recurrente, defiende que la sentencia motiva y razona las condenas impuestas, “pero resulta baldío y falto de legitimación, que además, se deba argumentar por qué la condena no fue, debida o indebidamente, más extensa”.
La Audiencia Provincial de Las Palmas ordenó a finales de noviembre el ingreso inmediato en prisión de los tres condenados por estafa por el caso Jesuman, Iván Hernández Perera, Ignacio y Víctor Manuel Hernández Pérez, directivos del grupo de alimentación tinerfeño, para cumplir condenas superiores a los tres años de cárcel. Deberán pagar cinco millones de euros en concepto de responsabilidad civil a 13 empresas afectadas. El Tribunal Supremo rebajó las condenas en seis meses.
Inversiones
La sentencia aún no se había ejecutado a la espera del incidente de nulidad. Además, han solicitado el indulto alegando razones “de justicia, equidad y utilidad pública” porque son administrador de uno de los grupos de sociedades mercantiles “más lucrativas” de Canarias. Afirman que el cumplimiento de la pena “supondría la puesta en peligro de la economía insular, siendo el sector de la alimentación el gran perjudicado”. Su entrada en prisión también supondría, según alegan, la paralización de las inversiones que realiza el Grupo Jesuman en la sociedad “en un momento de inestabilidad económica como el que estamos viviendo”, entre otros motivos.
Añadir nuevo comentario